Con fecha 5 de diciembre del 2023, la Universidad de Santiago de Chile ha aprobado la resolución N° 10076/2023 que establece la política institucional que regula la modalidad de teletrabajo para funcionarios y funcionarias del estamento administrativo. Esta política es el resultado del trabajo propositivo, informativo y consultivo de la comisión conformada por asociaciones y autoridades de la institución convocada por el Rector de acuerdo a la Ley N°21.526 Artículo 65 para regular el sistema de teletrabajo.
En el marco del compromiso con la mejora continua del proceso, durante el mes de enero de 2025 se llevó a cabo una evaluación de la modalidad de teletrabajo, dirigida a las jefaturas del servicio con funcionarios(as) que se desempeñan bajo dicha modalidad. La evaluación tiene por objeto determinar la continuidad de los convenios de teletrabajo vigentes, así como recabar la apreciación general de las jefaturas respecto a la modalidad. A la fecha se encuentra aún en curso un proceso de evaluación de la modalidad de carácter transversal, siendo solo prorrogados hasta el 31 de junio 2025, los convenios que han dado cumplimiento a la normativa y que cuentan con evaluación favorable. Se espera finalizado el proceso de evaluación general y con la información integrada, definir lineamientos institucionales para el segundo semestre del año en curso.
Para acceder a más de dos días de teletrabajo debe acreditar una de las siguientes condiciones:
1. Situación de Infraestructura: Si su Unidad presenta problemas de infraestructura, los cuáles imposibilitan el desarrollo de las funciones presenciales en la Universidad, debe enviar solicitud de pronunciamiento a la Dirección de Planificación y Desarrollo Territorial. Para gestionarlo, debe enviar los antecedentes al Sr. Sebastián Vizcarra, Jefe de la Dirección, al correo: sebastian.vizcarra@usach.cl
2. Situación de Salud: Debe acreditar una condición de salud, según lo estipulado en la resolución N°10076, o bien, acreditar ser cuidador(a) único(a), según los siguientes pasos:
Para ser una persona cuidadora registrada, se deben cumplir con los siguientes requisitos:
- La persona cuidadora y quien requiere cuidados deben tener Registro Social de Hogares
- La persona que requiere cuidados debe estar registrada en una de las siguientes bases de datos:
Registro Nacional de DiscapacidadPrograma de Integración Escolar (PIE) permanenteAcreditar dependencia moderada, severa y/o profunda en el módulo de salud del Registro Social de HogaresTener matrícula en un establecimiento de educación especial
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