IMPORTANTE - Todo requerimiento se encuentra sujeto a evaluación de pertinencia y disponibilidad de recursos, considerando solo 1 alumno o alumna en práctica anual bajo el mismo centro de costo. Así también de continuar las actividades en modalidad remota, deberán garantizarse todas las condiciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la práctica y la contribución o aporte a la Unidad respectiva, así también el cumplimiento de todos los protocolos institucionales en materia de salud y seguridad en la eventualidad de considerar algún tipo de ingreso al campus universitario.
El presente proceso tiene como propósito normar y definir las actividades a realizar para el proceso de incorporación de alumnos egresados de instituciones de Educación Media Técnico Profesional y Educación Superior a la Universidad de Santiago de Chile.
El proceso para incorporar a un alumno(a) en práctica comienza con la Solicitud desde un Centro de Costo de la Universidad de Santiago de Chile o directamente del alumno(a) interesado(a) en desarrollar su última etapa de formación de tipo Técnica (colegio, CFT, IP y Universidad) y Profesional, finalizando con la tramitación de la Resolución respectiva que genera el pago de la ayuda económica para el alumno.
En esta línea, toda solicitud de Práctica debe contextualizarse en la normativa establecida por la Universidad de Santiago de Chile, siendo coordinada por el Departamento de Desarrollo de Personas mediante el procedimiento vigente. Cualquier problema que pueda surgir con motivo de la práctica o durante el desarrollo de ésta, deberá ser informado al Departamento de Desarrollo de Personas para realizar las gestiones pertinentes.
Cabe señalar que sólo podrán ser cursadas prácticas profesionales previo a su análisis de pertinencia y autorización desde el Depto. Desarrollo de Personas, cuya solicitud debe ser anterior a la fecha de inicio del(la) practicante. Sin perjuicio de lo anterior, prácticas que se encuentren en transcurso o ya finalizadas, deberán ser gestionadas con recursos de la propia unidad requirente.
Para mayor información, revise la documentación adjunta.